Choferes de Transporte

Como chofer de transporte vos tenes derecho a:

  • Cobrar horas extras si trabajas más de 8 horas, horas nocturnas si el trabajo se realiza después de las 22hs y horas dominicales si se trabaja en ese día. Los pagos a porcentaje son ilegales y por debajo de la remuneración mínima.
  • A una remuneración mínima mensual nominal de $28,943 independiente de los días trabajados (aplica para los trabajadores que hayan trabajado más de 100 jornales en la misma empresa).
  • Cobrar viáticos de alimentación, viáticos de puerto y horas de pernocte cada vez que se duerme en el camión, conforme a convenio.
  • Gozar de licencia anual paga y de salario vacacional. También derecho a gozar de licencia paga por matrimonio, hijos, duelo o estudio.
  • A estar afiliado al Banco de Previsión Social (BPS) y asegurado ante el Banco de Seguros del Estado (BSE).
  • Derecho a feriados pagos: 9 de enero correspondiente al día de la chofer de transporte, así como los demás feriados no laborables 1 enero, 1 mayo, 25 agosto, 25 diciembre, 18 de julio.
  • Al cobro del aguinaldo 2 veces al año.
  • Recibir copia del recibo de sueldo cada mes.
  • Recibir los aumentos de sueldo conforme a Consejos de Salarios o por Decreto del Poder Ejecutivo así como derecho a cobrar prima por antigüedad y prima por presentismo.

Dado el crecimiento económico del país en los últimos 10 años el transporte ha sido uno de los sectores que más ha aumentado su número de trabajadores. Lamentablemente dada la descentralización del trabajo de cada empresa y la dispersión de trabajadores en todo el país ha dificultado los procesos de organización de trabajadores sumado al deficiente control gubernamental.

Estudios indican que más del 80% de los choferes cobran por debajo del laudo e informalmente, lo cual genera una pérdida país de más 200 millones de dólares en aportes a BPS *. Pero fundamentalmente coloca a decenas de miles de trabajadores y sus familias en una situación de vulnerabilidad, donde cobran remuneraciones muy inferiores a los laudos mínimos calculados por porcentaje sin importar las horas trabajadas, las horas de espera, ni las las noches pasadas en el camión.

Desde el punto de vista de los aportes a BPS y BSE los trabajadores también quedan particularmente expuestos sin acceso a seguro de paro en un sector con actividad muy estacional, y sin  posibilidad de cobertura de salud ni aportes jubilatorios.

Por cualquier duda favor contáctenos al mail info@cdh.com.uy, Facebook https://www.facebook.com/cdhuruguay/ y nuestro equipo de profesionales lo contactará de inmediato.

 

* Fuente: Semanario Brecha, 14 de abril, http://brecha.com.uy/le-pasa-le-pasa-camion/